Importancia Socio – Económica de los Recursos Naturales del Ecuador
El desarrollo sostenible es un concepto
que ya cuenta con una larga historia. A partir de las primeras discusiones
sobre ambiente y desarrollo, que tuvieron lugar en la década de 1970, se
formalizaron las primeras referencias sobre la sustentabilidad, a inicios de
los años ochenta. Por ejemplo, en 1981, la primera Estrategia Mundial de la
Conservación señala que, para que el desarrollo fuera sostenible, debía
considerar factores económicos y sociales, junto a la base de recursos vivos e
inanimados ofrecidos por los Ecosistemas.
.En ese origen, la sustentabilidad
partía de las preocupaciones ambientales, donde se invocaba la necesidad de
aprovechar los recursos naturales a los mismos ritmos con que la Naturaleza los
reproduce, y adaptar los impactos a sus capacidades de adaptarse a ellos.
Posiblemente, las formalizaciones más
repetidas se centran en el reporte “Nuestro Futuro Común”, producido por la
Comisión Mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo de las Naciones Unidas.
En su definición se establece que el
desarrollo sostenible debe asegurar que satisfaga las necesidades del presente sin
comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer las
propias”, donde se aceptan que existen límites, aunque éstos no son absolutos.
En ese sentido, la definición avanza en reconocer que las limitaciones
provienen del “estado actual de la tecnología y de la organización social y la
capacidad de la biosfera de absorber los efectos de las actividades humanas”.
Por lo tanto, la “tecnología como la organización oscila, pueden ser ordenadas
y mejoradas”, es posible hacer que el desarrollo sostenible abra el camino a
“una nueva era de crecimiento económico”.
Ambiente
y Buen Vivir en la Constitución de Montecristi
La nueva Constitución de Ecuador es
motivo de mucha atención internacional en tanto presenta dos innovaciones
impactantes. Por un lado, se reconocen los derechos de la Naturaleza y, por el
otro, se defiende la idea de una alternativa al desarrollo como Buen Vivir
(Sumak Kawsay). Esta perspectiva permite encontrar muchas vinculaciones con el
desarrollo sostenible.
Establecido este marco, comencemos por
indicar que la nueva Constitución otorga una sustantiva importancia a los
aspectos ambientales, donde se destaca la sección sobre los derechos de la
Naturaleza. El abordaje es original, ya que la categoría de Naturaleza es
presentada en el mismo nivel que la Pacha mama. Desde allí, seguidamente se
postula que la Naturaleza/Pacha mama “tiene derecho a que se respete
integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales,
estructura, funciones y procesos evolutivos” (art. 72). Se avanza aún más en
ese sentido, agregándose que esta tiene, además, derecho a una restauración integral
(art. 73). A su vez, esta postura original se articula con el reconocimiento de
los derechos ciudadanos clásicos sobre calidad de vida y a un ambiente sano.
En esta formulación hay muchas
novedades. Por ejemplo se equipara la noción clásico occidental de Naturaleza
con el saber tradicional de los pueblos indígenas. Expresados en la Pacha-mama.
De esta postura multicultural, al reconocerse los. Derechos de la Naturaleza,
queda implícito que ésta posee valores intrínsecos (también llamados valores
propios). La Naturaleza deja de ser un objeto manejado de acuerdo a la utilidad
o beneficio humano, y pasa a ser sujeto de derechos. La postura se refuerza en
tanto se agrega que la restauración de la Naturaleza también es uno de sus
derechos.
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